Vino: la Conferencia Estatal de Regiones da el visto bueno al decreto de fermentación
Vino: la Conferencia Estatal de Regiones da el visto bueno al decreto de fermentación

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Anonim

Allí Conferencia Estado-Regiones ha llegado a un acuerdo con respecto a la decreto de fermentación, un decreto ministerial que contiene en él las reglas relativas al calendario de la fermentación del vino. Disposición que establecerá períodos de fermentación y refermentación en derogación del período de vendimia tradicional, para lo que se refiere a la campaña 2020-2021.

Se anunció el acuerdo alcanzado Giuseppe L'Abbate, Subsecretario de Políticas Agrarias, presente en la reunión. “Como cada año, el Ministerio de Políticas Agrarias, Alimentarias y Forestales identifica con su propia disposición, de acuerdo con las Regiones, los tipos de vinos particulares para los que se puede permitir fermentación o refermentación más allá del plazo del 31 de diciembre”.

El subsecretario agrega luego que ha confirmado sustancialmente lo dispuesto en los anteriores decretos ministeriales dedicados a la materia, también con el fin de dar continuidad a la labor realizada con el fin de proteger las producciones de calidad, orgullo de la Hecho en Italia.

El decreto establece el plazo para fermentaciones y refermentaciones de vinos con denominación de origen e indicación geográfica con los términos “passito”, “vin santo”, “vendimia tardía” o con recurso a uvas secas o demasiado maduras y para mosto de uva parcialmente fermentado con sobrepresión. La fecha límite es el 30 de junio.

También para los vinos sin denominación de origen o indicación geográfica (vinos obtenidos a partir de uvas pasas o cuyo proceso de vinificación se realice en recipientes de terracota u otro tipo de recipientes llenos de uvas trituradas y hollejos), la fecha límite para fermentaciones y refermentaciones es el 30 de junio.. En cambio, la fecha límite para Vino Colli di Conegliano DOCG “Torchiano di Fregona” es el del 31 de agosto.

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